Cirugía refractiva. ¿Me pueden multar por conducir sin gafas?
Después de una cirugía refractiva como el LASIK o la implantación de lentes intraoculares con o sin extracción del cristalino, enseguida podemos hacer vida normal.
Nuestro ojo se adapta muy rápidamente, como si nunca nos hubiéramos operado, y nos acostumbramos a nuestra nueva situación, hasta se nos olvida que un día éramos usuarios de gafas y lentes de contacto.
Lo que no sabemos es que después de una cirugía refractiva hay un factor a tener en cuenta si tenemos el permiso de conducir.
¿Qué debo tener en cuenta si soy conductor/a y he abandonado el uso de gafas y/o lentes de contacto?
Cuando pasamos la revisión del permiso de conducir, ya sea para obtener la licencia o pasados unos años para su renovación, una de las preguntas que nos hacen en el reconocimiento médico es si somos usuarios de gafas o lentes de contacto.
Esta información queda guardada en forma de código en nuestra licencia, de modo que cuando los agentes nos solicitan la documentación para un control rutinario o por algún motivo más grave, como puede ser un accidente, pueden saber si estamos incumpliendo las normas de seguridad vial por no llevar puestas las gafas.
Son 200 euros de multa e infracción grave
El código está situado en la zona inferior de la parte posterior de nuestro permiso de conducir y está compuesto por dos series numéricas separadas por un punto (00.00). Estas series indican que el usuario debe usar algún tipo de corrección visual y/o protección de la visión con algún elemento compensador. Cada subcódigo especifica un tipo distinto de corrección. Si en el momento en el que te solicitan la documentación no usas las correcciones visuales indicadas o usas otro tipo de corrección no especificado en el permiso, se considera una infracción grave y los agentes te pueden multar con un importe de 200 euros.
¿Debo especificar que soy usuario de gafas, pero que conduzco habitualmente con lentes de contacto o viceversa?
Si eres usuario de gafas lo más probable es que tu código sea el 01.01. Si habitualmente también usas lentes de contacto, deberías actualizar tu documentación para que en tu permiso de conducir aparezca el subcódigo 01.06, que significa que puedes usar tanto gafas como lentes de contacto indistintamente.
Por el contrario, si en tu caso solamente necesitas lentes de contacto, el código de referencia para los agentes es el 01.02 y esto significa que si las intercambias por gafas también podrías arriesgarte a una multa.
¿Cómo puedo evitar la multa si ya estoy operado/a?
Para evitar la multa, lo mejor es actualizar la documentación para que deje de aparecer el subcódigo después de haberte realizado la cirugía refractiva. Para hacerlo, puedes acudir a un centro médico o psicotécnico que esté homologado por la Dirección General de Tráfico e informar de tu nueva situación aportando algún documento justificante (te haremos un informe adecuado para ello si nos lo solicitas).
Otras recomendaciones visuales para una conducción segura
Si tienes más de 45 años, lo más probable es que empieces a experimentar la llamada vista cansada o presbicia, causada por un envejecimiento del cristalino que causa dificultad para enfocar objetos cercanos, necesidad de alejar los objetos para ver mejor y fatiga visual.
Cuando la presbicia está ya avanzada, puede ser recomendable el uso de gafas progresivas para conducir. Este tipo de gafas nos permiten ver bien de lejos y al mismo tiempo poder enfocar y ver nítidos los objetos más arcanos, imprescindibles para la conducción como el cuadro de mandos.
También recomendamos el uso de gafas de sol de alta calidad esenciales para minimizar los deslumbramientos e incrementar el confort visual durante la conducción, así como poner especial atención a las horas de menos luz, ya que la calidad óptica de nuestros ojos desminuye cuando se reduce la iluminación y se puede requerir de algún tipo de ayuda o gafas especiales para la conducción de noche.
Conducir con la documentación y la vista en regla
Como hemos visto, cada código de nuestro permiso de conducir indica una necesidad de corrección distinta, es importante tener la documentación en regla para evitar malos entendidos o sorpresas. Si hace poco que has corregido tu defecto refractivo y no has podido actualizar tu situación, puedes conducir acompañado de algún tipo de justificante escrito para evitar sobresaltos (el informe de alta de la operación ha de ser suficiente).
También hemos de tener presente que es fundamental una buena visión para una seguridad vial óptima. En el caso de experimentar cambios en tu visión es necesario acudir al oftalmólogo para descartar cualquier enfermedad o ajustar la prescripción de las gafas o lentes de contacto.
Si, por el contrario, te gustaría dejar de usar correcciones visuales, puedes pedir cita con nuestros especialistas y te harán todas las pruebas sin compromiso para saber si eres candidato para una cirugía refractiva. Llama al 934 155 637 o envía un WhatsApp AQUÍ y nuestro equipo de Atención al Paciente te informará.